jueves, 7 de abril de 2016

PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN EN SALUD 2016 financiados por el INSTITUTO DE SALUD CARLOS III

Los PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN EN SALUD 2016 financiados por el INSTITUTO DE SALUD CARLOS III, abren su plazo de solicitud el día 05 de abril hasta el 28 de abril de 2016 a las 15:00h (horario peninsular).

Plazo interno:
25 de abril de 2016 a las 15:00 horas



Esta convocatoria financia proyectos de calidad contrastada que tengan como objetivos la transferencia y aplicación del conocimiento científico-técnico a la mejora en la prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades y en las actividades de promoción de la salud pública y los servicios de salud. Los proyectos podrán presentarse conforme a las siguientes modalidades:
  • Proyectos individuales: presentados por una entidad solicitante y a ejecutar por un equipo de investigación liderado por uno o por dos investigadores principales responsables.
  • Proyectos coordinados: constituidos por dos o más subproyectos, presentados por distintas entidades solicitantes. Cada subproyecto tendrá su equipo y un investigador principal.
  • Proyectos multicéntricos: realizados de acuerdo a un protocolo único, en más de un centro. Estos proyectos podrán ser presentados de algunas de las siguientes formas:
- Presentar una única solicitud por el centro al que esté vinculado el IP coordinador.
- Presentar una solicitud por cada uno de los centros implicados.

Características de los Proyectos
Novedad: Los investigadores principales con labores asistenciales podrán solicitar un contrato de intensificación que pueda cubrir hasta el 30% de su jornada anual a partir de la segunda anualidad.
- Gastos de personal: personal técnico o investigador necesario para la realización del proyecto, ajeno al vinculado funcionarial, estatutaria o laboralmente con los organismos participantes, y que podrán incorporarse al proyecto durante todo o parte del tiempo de duración previsto. El gasto de personal no es financiable cuando se solicite un contrato de intensificación.
- Gastos de ejecución :el material inventariable indispensable para la realización del proyecto; las adquisiciones de material fungible y demás gastos complementarios, como los costes de utilización de algunos servicios generales de apoyo a la investigación, colaboraciones externas, asistencia técnica, gastos externos de consultoría y servicios relacionados con los proyectos; todos debidamente justificados y necesarios para el buen fin del proyecto. Quedan excluidos los consumibles de informática y reprografía, el material de oficina, las cuotas a sociedades científicas y las suscripciones a publicaciones.
- Gastos de publicación y difusión de resultados: gastos de revisión de manuscritos; gastos de publicación en revistas científicas, incluyendo los relacionados con la publicación en revistas de acceso abierto; y los gastos derivados de la incorporación a repositorios de libre acceso. También se incluyen los gastos de publicaciones derivadas de jornadas científico-técnicas financiadas con cargo a proyectos. En cualquier caso, será preciso que las publicaciones deriven directamente de la actividad científica desarrollada en los proyectos se haga constar la referencia de la ayuda.
- Gastos de viajes: para la realización del proyecto y para la difusión de resultados, así como la inscripción en congresos, se referirán exclusivamente al personal que forma parte del equipo de investigación y contratado. Sin perjuicio de los gastos de manutención que puedan corresponder con cargo al concepto de viajes y dietas, no serán elegibles gastos de comidas y atenciones de carácter protocolario.
- Duración ordinaria para la ejecución de los proyectos será de tres años.
- Se podrán vincular empresas u otras entidades públicas o privadas (EPO) interesadas en el desarrollo y resultados. No podrán recibir ayudas con cargo a las subvenciones concedidas.
Requisitos del IP:
  • Tener dedicación única al proyecto.
  • Pertenecer a la plantilla de la entidad solicitante y tener formalizada con ella su vinculación funcionarial, estatutaria (1) o laboral, incluidos los contratos Juan Rodés, Miguel Servet y Ramón y Cajal, como mínimo durante todo el periodo comprendido entre el plazo para la presentación de solicitudes y el momento de resolución de concesión.
  • En el caso de los IIS y los centros del ámbito del SNS que gestionan sus actividades de investigación mediante fundación de derecho privado, u otras entidades de derecho público o privado, y soliciten las ayudas a través de las mismas, la vinculación de los/as investigadores/as principales lo será con el centro del ámbito del SNS, con la fundación de derecho privado o con la entidad de derecho público o privado que forme parte del instituto de investigación.
  • Únicamente cuando el centro de realización del proyecto sea un Instituto de Investigación Sanitaria acreditado aparecerá, al hacer la solicitud, el desplegable “Centro de vinculación del IP” para que aquellos investigadores principales que lo deseen hagan constar su vinculación con una Universidad que forma parte del Instituto.
  • No estar realizando un programa de Formación Sanitaria Especializada o de perfeccionamiento postdoctoral (como los contratos Sara Borrell, Juan de la Cierva o contratos de programas de las Comunidades Autónomas), ni tener un contrato Río Hortega de formación en investigación para profesionales que hayan acabado la formación sanitaria especializada.
Requisitos de los investigadores del equipo de investigación:
  • Tener formalizada su vinculación funcionarial, estatutaria (1), laboral o la condición de personal en formación remunerada con cualquiera de las entidades que pueden ser solicitantes de esta actuación, como mínimo, durante todo el periodo comprendido entre el plazo para la presentación de solicitudes y el momento de la resolución de concesión.
  • En casos excepcionales, cuando su contribución se considere necesaria para la viabilidad del proyecto, los equipos de investigación podrán incorporar personal cuya vinculación contractual sea con entidades sin domicilio social en España y que podrán suponer hasta un máximo del 25% del equipo investigador.

Cómo se solicita:

La solicitud y documentación debe realizarla a través de este enlace. Hay dos formas de presentar la solicitud y la documentación:
- SIN certificado electrónico: cumplimentar solicitud y modelos normalizados, imprimir y firmar por el IP, los miembros del equipo y el representante legal. El IP debe entregar a su gestor el formulario de solicitud en papel cumplimentado y firmado para su envío por Registro y custodiada en el centro beneficiario.
- CON certificado electrónico: a través de la aplicación de solicitud del ISCIII. Toda la documentación se adjunta en pdf y una vez finalizada firmará el representante legal mediante firma digital. Los originales deben quedar a disposición de la entidad beneficiaria.
Forman parte de la solicitud:
a) Formulario normalizado de solicitud.
b) Memoria del proyecto de investigación.
c) Curriculum Vitae Normalizado de la FECYT del investigador principal. Además la solicitud debe ir acompañada de:
Importante: La memoria y los CV, deben ser “terminados” antes de ser incorporados a la aplicación, según se indica en la instrucciones que figuran en los propios documentos normalizados, esto garantizará que los documentos no puedan ser modificados y evitará dificultades en el envío de la solicitud.

La no presentación de los documentos a, b,c  en el plazo y según los formularios disponibles en la web del ISCIII para esta actuación, NO TENDRÁ CARÁCTER DE SUBSANABLE y conllevará la exclusión de la solicitud en el trámite de admisión.

Criterios de evaluación:

Valoración del equipo de investigación, máximo 35 puntos.
Se valorará: historial científico (proyectos, publicaciones y patentes) del investigador principal y del equipo de investigación en relación con la temática del proyecto; participación en programas internacionales de I+D+I; calidad y liderazgo; capacidad formativa del investigador principal y del equipo y financiación obtenida de recursos humanos en convocatorias competitivas. Resultados previos obtenidos en el ámbito de la propuesta; trayectoria contrastada o potencial del investigador principal y del equipo de investigación en el desarrollo de actividades de I+D+I en el marco de la AES.
Valoración del proyecto, máximo 65 puntos.
Se valorará: calidad, viabilidad, relevancia, interés, aplicabilidad y capacidad de transferencia del proyecto; capacidad del proyecto para generar mejoras en la prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades y en las actividades de promoción de la salud pública y los servicios de salud y para generar sinergias, impulsar el talento y la empleabilidad y fortalecer las estructuras de gobernanza que agregan las capacidades científico-técnicas de los centros asistenciales del SNS; impacto; plan de difusión y de transferencia de tecnología y de resultados; adecuación de la propuesta a la AES y a los objetivos y prioridades establecidos en las diferentes actuaciones y complementariedad de la misma con otras actuaciones de I+D+I nacionales, internacionales o autonómicas.
Incompatibilidades:
Incompatibilidades:
  1. La presentación de una solicitud como investigador principal en esta actuación es incompatible con la presentación de otra solicitud como investigador principal o con la
    participación como miembro del equipo de investigación en alguna de las siguientes actuaciones, en sus convocatorias 2016:
    1. Proyectos I+D, convocatorias 2016.(Excelencia - MINECO)
    2. Proyectos I+D+I, convocatorias 2016. (RETOS - MINECO)
    3. Proyectos I+D+I para jóvenes investigadores sin vinculación o con vinculación temporal, convocatorias 2016.
    4. Proyectos de investigación en salud (AES), convocatorias 2016. (FIS - ISCIII)
  1. La presentación de una solicitud como investigador principal en esta actuación será incompatible además, con la participación como investigador principal o como miembro
    del equipo de investigación en un proyecto concedido en alguna de las siguientes convocatorias si tiene una fecha de finalización posterior al 31 de diciembre de 2016, de
    acuerdo con el plazo inicial fijado en la resolución de concesión:
    1. Proyectos I+D, convocatorias  2015,2014 y 2013. (Excelencia - MINECO)
    2. Proyectos I+D+I, convocatorias 2015,2014 y 2013. (RETOS - MINECO)
    3. Proyectos I+D+I para jóvenes investigadores sin vinculación o con vinculación temporal, convocatorias 2015 y 2014.
    4. Proyectos de investigación en salud (AES), convocatorias 2015 y 2014. (FIS - ISCIII)
Nota: Las modificaciones de proyectos de las convocatorias citadas en este punto producidas con posterioridad al plazo indicado en el artículo 7.5 de la convocatoria, tales como renuncias y
cambios dedicación, no afectarán al régimen de incompatibilidades derivado de esta actuación.
IMPORTANTE: FISEVI tiene a su disposición el servicio de apoyo metodológico. En este sentido, si creen necesario utilizarlo, porfavor contacten a la mayor brevedad a través de carmen.almeida.exts@juntadeandalucia.es
  1. Memoria del proyecto
  2. Información complementaria 
  3. Guía de trabajo
  4. Resolución AES-2016

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